Ayer proporcioné una definición aclaratoria sobre lo que las compañías consideraban valor de nuevo, valor venal y valor venal mejorado. Hoy nos centraremos más en los siniestros, que son la condición para que una aseguradora tenga que cumplir su parte del trato (la prestación del asegurado se hace cuando se abona la prima que le cubre los riesgos por el período contratado). En el caso de que se produzca un siniestro contemplado en la póliza individual de cada cliente (daños propios, si es a todo riesgo; o daños a otros, si es a terceros), la compañía tiene que indemnizar a su cliente por el valor asegurado.
Según escribí en el artículo anterior, un vehículo es declarado por una aseguradora como siniestro total cuando la reparación va a ser más costosa que el valor del automóvil. Como ya expliqué el último día los distintos tipos de valoraciones que realizan las compañías, no tiene sentido que reitere lo que pueden leer en este post. Supongamos que nuestra póliza a todo riesgo contempla que, para coches con más de dos años, la indemnización se fije en función del valor venal. Si la reparación cuesta 9.000 euros y el vehículo está valorado en 5.000 euros, es obvio que el siniestro se considerará total.
La explicación es fácil de entender: al asegurar un bien, no lo hacemos por el precio que pagamos por él, si no por su valor actual. Lamentablemente, los automóviles no se revalorizan ni mantienen un valor fijo, si no que se deprecian con el paso del tiempo. Así que nunca un seguro va a pagar más dinero de lo que vale.
Un caso especialmente doloroso al que he hecho referencia en más de una ocasión es el de aquella persona con bajos ingresos que tiene un cochecito viejo para ir y volver al trabajo. El vehículo prácticamente no vale nada, pero cubre una necesidad básica, la de acudir diariamente al trabajo. El más mínimo golpe o percance que sufra producirá unos daños declarados automáticamente como siniestro total, porque su reparación será más costosa que su valor venal. Y esta persona se habrá quedado sin coche, porque lo que le van a pagar va a ser algo testimonial, no más de 500 o 600 euros.
En el caso de que el automóvil sea robado y no vuelva a encontrarse; o aparezca con daños muy graves, cuya reparación sea tan costosa que supere el valor del coche, también procedería la declaración de siniestro total.
Ante un siniestro total hay que leer muy bien la letra pequeña porque no todas las compañías entienden lo mismo. Aunque lo habitual es tomar el 100% del valor del vehículo, habrá aseguradoras que les baste con que la reparación valga más del 75% para que certifiquen un siniestro total.
Otro detalle que deben conocer todos aquellos lectores que sean tomadores de un seguro y hayan sufrido un siniestro total, es que el valor de los restos se suele descontar de la indemnización. Salvo excepciones, para las compañías es más cómodo no hacerse cargo de ellos. Generalmente suelen detraer del monto total una cantidad no muy elevada, ligada a su valor como chatarra. Siempre que no quiera arreglarlo, el propietario tendrá que encargarse de dar de baja el automóvil y de mandar esa “chatarra” a un desguace.
Feb 14 2012
Los siniestros totales
Ayer proporcioné una definición aclaratoria sobre lo que las compañías consideraban valor de nuevo, valor venal y valor venal mejorado. Hoy nos centraremos más en los siniestros, que son la condición para que una aseguradora tenga que cumplir su parte del trato (la prestación del asegurado se hace cuando se abona la prima que le cubre los riesgos por el período contratado). En el caso de que se produzca un siniestro contemplado en la póliza individual de cada cliente (daños propios, si es a todo riesgo; o daños a otros, si es a terceros), la compañía tiene que indemnizar a su cliente por el valor asegurado.
Según escribí en el artículo anterior, un vehículo es declarado por una aseguradora como siniestro total cuando la reparación va a ser más costosa que el valor del automóvil. Como ya expliqué el último día los distintos tipos de valoraciones que realizan las compañías, no tiene sentido que reitere lo que pueden leer en este post. Supongamos que nuestra póliza a todo riesgo contempla que, para coches con más de dos años, la indemnización se fije en función del valor venal. Si la reparación cuesta 9.000 euros y el vehículo está valorado en 5.000 euros, es obvio que el siniestro se considerará total.
La explicación es fácil de entender: al asegurar un bien, no lo hacemos por el precio que pagamos por él, si no por su valor actual. Lamentablemente, los automóviles no se revalorizan ni mantienen un valor fijo, si no que se deprecian con el paso del tiempo. Así que nunca un seguro va a pagar más dinero de lo que vale.
Un caso especialmente doloroso al que he hecho referencia en más de una ocasión es el de aquella persona con bajos ingresos que tiene un cochecito viejo para ir y volver al trabajo. El vehículo prácticamente no vale nada, pero cubre una necesidad básica, la de acudir diariamente al trabajo. El más mínimo golpe o percance que sufra producirá unos daños declarados automáticamente como siniestro total, porque su reparación será más costosa que su valor venal. Y esta persona se habrá quedado sin coche, porque lo que le van a pagar va a ser algo testimonial, no más de 500 o 600 euros.
En el caso de que el automóvil sea robado y no vuelva a encontrarse; o aparezca con daños muy graves, cuya reparación sea tan costosa que supere el valor del coche, también procedería la declaración de siniestro total.
Ante un siniestro total hay que leer muy bien la letra pequeña porque no todas las compañías entienden lo mismo. Aunque lo habitual es tomar el 100% del valor del vehículo, habrá aseguradoras que les baste con que la reparación valga más del 75% para que certifiquen un siniestro total.
Otro detalle que deben conocer todos aquellos lectores que sean tomadores de un seguro y hayan sufrido un siniestro total, es que el valor de los restos se suele descontar de la indemnización. Salvo excepciones, para las compañías es más cómodo no hacerse cargo de ellos. Generalmente suelen detraer del monto total una cantidad no muy elevada, ligada a su valor como chatarra. Siempre que no quiera arreglarlo, el propietario tendrá que encargarse de dar de baja el automóvil y de mandar esa “chatarra” a un desguace.
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